¿EN QUÉ CONSISTE LA AYUDA REINTEGRABLE?

Es un microcrédito que se concede a proyectos empresariales en el ámbito de la economía social,
por una cuantía máxima de 6.000€.
✔ El importe a reintegrar es del 100%, a la que deberá añadirse en todo caso la del IPC si bien con el límite máximo de que no podrá ser superior al tipo de interés legal del dinero, y con el límite mínimo del 1 %.
✔ El plazo máximo para devolver las ayudas será de dos (2) años computándose independientemente de los seis (6) meses iniciales de total carencia.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

● A las cooperativas, (a excepción de las de adquisición de vivienda nueva), a las sociedades laborales, a las Asociaciones que desarrollen actividad económica de producción de bienes y/o servicios, a través de empleos remunerados y a lo/as Trabajadores/as autónomos/as que trabajen según los principios de la Economía Social y Solidaria.

● Que tengan dificultades para acceder a un crédito por otra vía, que desarrolle/n su actividad en el municipio de Madrid, que estén inscritas en el registro correspondiente, y que presenten proyectos empresariales:

✔ de Economía Social y Solidaria a iniciarse
✔ de Economía Social y Solidaria, en fase de desarrollo y/o expansión, a través de nuevas líneas de producción.
✔ que nacen de la recuperación de entidades en crisis por sus trabajadores o que apoyan la continuidad de entidades que desaparecerían si no hay relevo generacional, a través de la constitución de formas jurídicas de Economía Social.

DOCUMENTACION A APORTAR

– Solicitud por parte de los interesados/as
– Proyecto empresarial
– Aval social por parte de una persona de confianza de la asociación, una entidad social pública o privada o por los propios socios de la entidad que respaldan la operación de crédito.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Se pueden consultar en este enlace

DATOS DE CONTACTO PARA AMPLIAR INFORMACIÓN

Lucía Gómez González -Técnica de Microfinanzas (lucia@finanzaseticas.net / 650610900)

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